Como en años anteriores, los electores podrán votar presencialmente, depositando su voto en la urna ubicada en esta Oficina Consular, el día de la votación, o solicitar su voto para votar por correspondencia. Para agilizar y dar máxima flexibilidad en tiempos de pandemia, para esta segunda modalidad de voto, a diferencia del procedimiento establecido para las elecciones anteriores, se va a permitir que el potencial votante se acerque al Consulado cuando las listas electorales sean consideradas validas y las papeletas de votación ya estén impresas, rellene su solicitud de voto por correspondencia, acompañada de una copia de su documento de identidad español o pasaporte. En ese mismo acto, este Consulado General hará entrega al votante de la documentación electoral y las instrucciones para votar. A su vez, el interesado podrá optar por entregar en ese mismo acto el voto, que será custodiado hasta el día de la votación y considerado como voto recibido por correspondencia. También podrá optar por llevar el voto a su casa y enviarlo a esta Oficina Consular en ulterior fecha, por correo certificado.
El procedimiento establecido anteriormente para la solicitud del voto por correspondencia, que implica en enviar a esta Oficina Consular la solicitud por correo certificado y recibir la documentación electoral en su domicilio, sin tener que desplazarse al Consulado, sigue valido. Se señala que NO ES POSIBLE SOLICITAR EL VOTO Y/O VOTAR POR CORREO ELECTRÓNICO.