MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
A continuación se relacionan las ayudas que otorga el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a través de sus oficinas en Brasil y que se destinan directamente a los españoles, existiendo otras que pueden solicitar instituciones y organizaciones de carácter colectivo para el cumplimiento de diversos fines sociales.
Existen igualmente algunos tipos de pensión, tanto contributivas, para quienes hayan trabajado y cotizado en España como no contributivas, pensiones asistenciales para emigrantes, destinadas a completar la renta de los pensionistas si sus ingresos no alcanzan los límites de subsistencia establecidos por el gobierno español.
ORDEN TAS/561/2006 de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas asistenciales correspondientes a los programas de actuación a favor de los emigrantes españoles no residentes en España (BOE de 02/03/2006).
Ayudas de carácter asistencial
Programa 1. Ayudas asistenciales ordinarias para emigrantes españoles incapacitados para el trabajo residentes en Iberoamérica y Marruecos.
Tiene como objeto la concesión de ayudas económicas individuales destinadas a proporcionar un mínimo de subsistencia a los emigrantes incapacitados permanentes para el trabajo que carezcan de rentas o ingresos suficientes.
Programa 2. Ayudas asistenciales extraordinarias para emigrantes.
El objeto de este programa es paliar la situación derivada de la carencia de recursos de los españoles en el exterior y de los familiares a su cargo que integren la unidad familiar, así como sufragar los gastos extraordinarios derivados del hecho de la emigración cuando se acredite insuficiencia de recursos en el momento de solicitud de la ayuda.
Las ayudas serán de cuantía variable en función de las causas que generan la solicitud y de la situación económica y familiar de los interesados.
Las causas extraordinarias alegadas por quienes solicitan este tipo de ayuda es en la mayor parte de los casos de gastos sanitarios.
Programa 3. Ayudas para la cobertura de asistencia sanitaria a emigrantes españoles residentes en el exterior.
Tiene como objeto proporcionar asistencia sanitaria a los emigrantes españoles beneficiarios de pensión asistencial por ancianidad o de las ayudas asistenciales ordinarias por incapacidad permanente para el trabajo establecidas en el Programa 1 de la Orden TAS/561/2006, de 24 de febrero, que carezcan de la cobertura de esta contingencia en el país de residencia o cuando teniendo derecho a ella, su contenido y alcance se considere insuficiente.
Esta ayuda se proporciona a este colectivo exclusivamente por convenio con la Sociedad Española de Beneficencia en Río de Janeiro y otras instituciones en el país.
Estas ayudas se podrán solicitar en cualquier momento del año.
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
ORDEN TAS/874/2007, de 28 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados (BOE 82 de 5/4/2007).
El programa Educación engloba las ayudas para la formación en el exterior y las becas para cursar estudios universitarios o de postgrado e incorpora nuevas ayudas destinadas a realizar prácticas en España en carreras técnicas cursadas a distancia.
Ayudas para la promoción educativa en el exterior
El objeto de esta subvención será la realización de acciones tendentes a facilitar la promoción educativa de los ciudadanos españoles en el exterior que carezcan de medios económicos suficientes, a través de acciones para la formación en el exterior.
Tipos y cuantía de las ayudas:
a) Para estudios primarios, hasta una cuantía máxima de 301 euros.
b) Para estudios medios o de formación profesional, hasta una cuantía máxima de 481 euros.
c) Para estudios universitarios y técnicos superiores, hasta una cuantía máxima de 541 euros.
d) Para estudios realizados por personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, hasta una cuantía máxima de 602 euros.
e) Para otro tipo de estudios, cuya finalidad quede enmarcada en el objeto de estas ayudas, hasta una cuantía máxima de 541 euros.
Estas ayudas podrán complementarse con otra de 301 euros en el caso de que el estudiante resida, en el país de acogida, en una localidad distinta a la del domicilio familiar, siempre que se trate de estudios que no se impartan en esta localidad.
No se concederán estas ayudas cuando se soliciten para la realización de estudios de tercer ciclo o para cursar estudios universitarios cuando ya se posea una titulación universitaria.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de junio de 2007.
Becas «Reina Sofía»
El objeto de estas becas es una ayuda económica destinada a posibilitar la realización de estudios universitarios o de postgrado en España a los españoles residentes en el exterior que carezcan de medios económicos suficientes.
Tipos y cuantía de las ayudas.
1. Las becas «Reina Sofía» se concederán para realizar los siguientes ciclos universitarios:
a) Becas para realizar estudios universitarios de primero y segundo ciclos, en España.
Para disfrutar de este tipo de beca por primera vez, los aspirantes deberán estar en posesión de la correspondiente convalidación de estudios o tener aprobada la selectividad por una Universidad española.
b) Becas para realizar estudios universitarios de tercer ciclo (postgrado), en España, en las siguientes modalidades:
1.º Estudios para la obtención del título de doctor.
2.º Estudios para conseguir una especialización universitaria, para cuya realización sea preciso haber obtenido el título de segundo ciclo en una Universidad española o titulación equivalente de una Universidad extranjera. Dichos estudios deberán durar al menos todo un curso académico y constar de un mínimo de 200 horas lectivas presenciales.
En cualquiera de las dos modalidades contempladas en los párrafos 1.º y 2.º de este apartado b), la beca sólo podrá disfrutarse, como máximo, durante dos años, con independencia de los cursos de que consten los estudios o del tiempo real de su duración.
2. La cuantía de estas becas es de 5.300 euros anuales para cualquiera de sus modalidades y su concesión no llevará aparejada la exención de tasas académicas.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de junio de 2007.
Ayudas para la realización de prácticas a estudiantes de Universidades españolas del exterior
Estas ayudas tienen por objeto sufragar parcialmente los gastos de desplazamiento a España para la realización de prácticas de carácter obligatorio de los estudiantes de las Universidades españolas del exterior.
Podrán acceder a la condición de beneficiarios los estudiantes españoles matriculados en universidades españolas del exterior que residan fuera del territorio nacional y deban desplazarse a España para la realización de prácticas de carácter obligatorio.
La cuantía de las ayudas será variable en función del país de residencia del beneficiario y el coste del desplazamiento, no pudiendo superar el límite máximo de 600 euros.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de junio de 2007.
El programa Jóvenes contempla subvenciones para actuaciones específicas que den respuesta a los problemas de la juventud y de las segundas y siguientes generaciones de españoles en el exterior, en especial en el ámbito de la formación para el empleo y del refuerzo de los lazos culturales y de identidad con España.
Apoyo a las actividades dirigidas a los jóvenes españoles del exterior
Esta subvención tiene por objeto la concesión de ayudas dirigidas a facilitar a los jóvenes españoles residentes en el exterior el contacto con la realidad española y la relación con otros jóvenes españoles mediante la realización de actividades de información, promoción del asociacionismo, formación de emprendedores y participación en viajes culturales a España.
Serán destinatarios de las acciones de este programa los jóvenes españoles residentes en el exterior con edades comprendidas entre los 13 y 29 años, ambos inclusive, en la fecha de presentación de solicitud.
También podrán ser destinatarios de las actividades del programa los descendientes de españoles hasta el segundo grado que no tengan la nacionalidad española, así como los jóvenes nacionales del país de acogida residentes en el mismo, cuando las Consejerías de Trabajo y Asuntos Sociales lo estimen conveniente, teniendo en cuenta que estas plazas no superen el 15 por 100 del total de plazas del viaje.
En el caso de los viajes culturales, y siempre antes del viaje, podrán solicitar la ayuda los profesores o acompañantes que garanticen el fin cultural del mismo.
Determinación de la cuantía.
1. En el caso de actividades de información, fomento del asociacionismo y formación de emprendedores, etc., la cuantía de la ayuda estará en función del carácter del proyecto y del número de participantes.
2. En el caso de los viajes culturales, la cuantía de la ayuda estará en función del país de procedencia, sin que en ningún caso el importe de la ayuda pueda ser la fuente única de financiación de la actividad y con las siguientes cantidades máximas:
a) Para los grupos procedentes de Europa y Norte de África, 4.208 euros.
b) Para los grupos procedentes de los demás países, 12.021 euros.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 09 de julio de 2007.
El Programa de mayores y dependientes subvencionará las actividades asistenciales y de atención a personas dependientes y en él se incluyen las subvenciones a centros sociales y centros de día, residencias de personas válidas y dependientes y teleasistencia. Supone la transposición a este colectivo de las medidas que la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, va a poner en marcha gradualmente.
Ayudas para viajes de mayores a España
Tiene como objeto facilitar a los españoles mayores residentes en el exterior, que salieron de nuestro país, el reencuentro con la sociedad española, así como la obtención de los beneficios sociales existentes en España, mediante su participación en el Programa de Vacaciones para Mayores del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
Para beneficiarse de este programa será necesario que los solicitantes puedan valerse por sí mismos y que no padezcan trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia.
Los beneficiarios abonarán las aportaciones que se establezcan por la Dirección General de Emigración y el IMSERSO para participar en el Programa de Vacaciones para Mayores. Asimismo, será por cuenta de los beneficiarios cualquier otro gasto que pueda derivarse de su participación en este Programa o del incumplimiento de las condiciones de realización del mismo.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 31 de agosto de 2007.
El programa Retorno subvencionará las actividades realizadas por las asociaciones en este ámbito en el marco de la nueva Oficina Española del Retorno. Se contemplan en el programa ayudas extraordinarias a los retornados que se encuentren en situación de necesidad.
Ayudas para atender necesidades extraordinarias de los retornados
El objeto de esta subvención son las ayudas dirigidas a atender a las situaciones de necesidad ocasionadas por el retorno de los españoles residentes en el exterior, cuando se acredite insuficiencia de recursos.
No se considerarán gastos extraordinarios derivados del hecho del retorno a España los correspondientes a los pasajes de vuelta ni al traslado de muebles y enseres.
Podrán solicitar estas ayudas los españoles de origen retornados, dentro de los seis meses siguientes a su retorno, en quienes concurra la situación de necesidad objeto de la ayuda, siempre que quede acreditado que ha residido un mínimo de cinco años en el exterior, de forma continuada, antes del retorno.
Las ayudas serán de cuantía variable en función de las necesidades que motivan la solicitud y de la situación económica y familiar de los interesados, pudiendo alcanzar como máximo la cantidad de 4.508 euros.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 31 de octubre de 2007.
El programa Proyectos e investigación proporcionará ayudas y subvenciones a las iniciativas investigadoras y a los proyectos concretos destinados a beneficiar a los españoles del exterior y a los retornados.
Programa de proyectos e investigación
El objeto de esta subvención es la realización de actividades dirigidas a:
a) Fomentar la realización de estudios de investigación dirigidos al conocimiento histórico o actual de la situación de los españoles en el exterior y de los retornados.
b) Posibilitar la ejecución de proyectos concretos cuya finalidad sea la de mejorar la situación de los españoles en el exterior y retornados.
Podrán solicitar estas ayudas las Administraciones Públicas españolas o personas físicas o entidades públicas o privadas, españolas o extranjeras, con fines asistenciales, sociales, informativos, culturales o educativos.
La subvención será de cuantía variable, según el interés y características del proyecto a desarrollar y se aplicará para sufragar aquellos gastos que sean necesarios para la ejecución del mismo.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 09 de julio de 2007.
El programa Comunicación subvencionará las iniciativas en el campo de la comunicación dirigidas hacia los españoles del exterior, tanto en prensa como en medios audiovisuales.
Ayudas para iniciativas de comunicación exterior
El objeto de esta subvención es la realización de acciones, en el ámbito de la comunicación, dirigidas a la ciudadanía española en el exterior, a través de cualquier medio escrito o audiovisual: Prensa, radio, cine, televisión, Internet, etc.
Podrán solicitar estas ayudas las Administraciones Públicas españolas o personas físicas o entidades públicas o privadas, españolas o extranjeras con fines sociales, informativos, culturales o educativos.
La subvención será de cuantía variable, según el interés y características del proyecto a desarrollar y se aplicará para sufragar aquellos gastos que sean necesarios para la ejecución del mismo.
El solicitante deberá acreditar con la solicitud de la ayuda, mediante un estudio motivado, las razones que justifican la realización de la acción.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de junio de 2007.